Publicación de nuevas ayudas al sector del transporte

Mediante la publicación del Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto, de medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del transporte, en materia de becas y ayudas al estudio, así como de medidas de ahorro, eficiencia energética y de reducción de la dependencia energética del gas natural, se han publicado nuevas ayudas directas al sector del transporte.

ayudas al sector del transporte

El conflicto bélico está generando importantes consecuencias en todos los ámbitos y en especial está afectando a la economía europea. Concretamente, la invasión de Ucrania por parte de Rusia ha tenido como consecuencia la subida del precio del gas natural, del petróleo, del trigo y está generando un aumento en el coste de las materias primas y los bienes intermedios.

A pesar de que España es de los países menos expuestos a los efectos directos de la guerra, se ha visto gravemente afectado por los efectos económicos indirectos, ya sea por la falta de materias primas agrícolas y mineras, así como por el aumento de precio del gas y del petróleo.

Por este motivo, el Gobierno ha decidido implementar medidas complementarias a las ya aprobadas y así dar apoyo a los sectores más afectados por la subida de precios.

Medidas en el sector del transporte por carretera y ferrocarril

Entre las medidas adoptadas para paliar las consecuencias económicas de la guerra, el Gobierno ha publicado una serie de medidas en el sector del transporte por carretera y ferrocarril, puesto que ha sido un sector que ha sufrido un duro golpe con la subida de precios de los combustibles. En concreto, se ha adoptado una nueva línea de ayudas directas a empresas y profesionales especialmente afectados por la subida de los precios de los carburantes.

El objetivo de esta línea consiste en dar apoyo financiero a las empresas privadas y trabajadores autónomos que realicen las actividades comprendidas en los códigos de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas que a continuación se detallan:

  • 4932: Transporte por taxi
  • 4939: Tipos de transporte terrestre de pasajeros n.c.o.p.
  • 4941: Transporte de mercancías por carretera.
  • 4942: Servicios de mudanza.
  • 8690: Servicio de transporte sanitario de personas.
  • 4931: Transporte de terrestre urbano y suburbano de pasajeros.

En concreto, debe tratarse de trabajadores autónomos y sociedades con personalidad jurídica propia legalmente constituidas en España.

El requisito de los beneficiarios consiste en que sean titulares de una autorización de transporte de cualquiera de las clases VDE, VT, VTC, VSE, MDPE, MDLE.

Importe de las ayudas

El importe de la ayuda variará en atención al número y tipología de vehículo adscrito a la autorización y que, en fecha de 15 de julio de 2022, se encuentren de alta en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte, tengan a su disposición licencia expedida en Ceuta y melilla para vehículos taxi o bien, que sean titulares de autobuses urbanos conforme a la clasificación por criterios de utilización del Reglamento General de Vehículos y que estén dados de alta en el Registro de Vehículos de la Jefatura central del Tráfico:

  • Mercancías pesado. Camión. MDPE: 1.250 euros
  • Mercancías ligero. Furgoneta. MDLE: 500 euros
  • Autobús. VDE: 950 euros
  • Taxis. VT: 300 euros
  • Vehículo alquiler con conductor. VTC: 300 euros
  • Ambulancia. VSE: 500 euros
  • Autobús urbano conforme a la clasificación por criterios de utilización del Reglamento General de Vehículos: 950 euros.

La fecha de consideración de estos datos, a efectos de la ayuda, será el 15 de julio de 2022, pudiendo diferir de los datos que consten en el momento de realizar la consulta.

El importe de estas ayudas en ningún caso podrá superar la cantidad bruta de 500.000 euros.

Una vez recibida la solicitud, la Agencia Estatal de Administración Tributaria la tramitará de acuerdo con el procedimiento de devolución y será la competente para gestionar todas las solicitudes y todas las actuaciones de gestión, control y recaudación necesarias para su tramitación, con aplicación de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

El plazo de presentación de las solicitudes finaliza el día 30 de septiembre de 2022.

La ayuda acordada se abonará a partir del 31 de octubre mediante transferencia bancaria, siendo la fecha límite el 31 de diciembre de 2022. Transcurrido el plazo de tres meses desde la finalización de la presentación de la solicitud sin haberse efectuado el pago, se entenderá desestimada dicha solicitud.

Contra esta desestimación presunta, se podrá interponer recurso de reposición y reclamación económico-administrativa.

Esta ayuda es compatible con las devoluciones parciales del Impuesto sobre Hidrocarburos por consumo de gasóleo profesional, reguladas en la Ley 38/1992, de Impuestos Especiales, así como con la bonificación establecida en el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.

Si eres un profesional autónomo o una empresa que realiza una actividad de las comprendidas en los códigos de Clasificación Nacional de Actividades Económicas mencionados, no dudes en ponerte en contacto con nuestro departamento legal de  Tarinas Law & Economy a través del teléfono de contacto 931155111 o correo electrónico rgv@tarinas.com.

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