Si alguna vez has escuchado hablar de los registros de impagados o de morosidad, sabrás que se trata de una práctica habitual como medida de presión para reclamar una deuda. Ahora bien, ¿Cuáles son los requisitos que se deben cumplir para ser incluido? ¿Cómo puedo salir del fichero? A continuación, te resolvemos las dudas más comunes.

Sistemas de información crediticia

Sistemas de información crediticia

Los Sistemas de Información Crediticia, también conocidos coloquialmente como Registros de Morosos; son ficheros en los que se recogen datos de impago, ya sea de personas físicas o jurídicas, sobre deudas contraídas como resultado de alguna operación comercial.

Los datos que constan en estos ficheros; han sido facilitados por otras empresas privadas con la finalidad de informar a otras entidades de los incumplimientos de pago de un posible cliente. En general, estos registros tienen como fin contribuir a la mejora de la actividad de financiación.

A modo de ejemplo, los ficheros más conocidos a nivel nacional son:

  • El Registro de Aceptaciones Impagadas o RAI que dispone de datos sobre impagos de personas jurídicas.
  • La Asociación Nacional de Establecimientos Ficheros de Crédito o ASNEF que contiene datos sobre el incumplimiento de obligaciones dinerarias tanto de personas físicas como jurídicas.
  • La Central de Información de Riesgos o CIRBE, gestionada por el Banco de España, que expone los riesgos que las entidades financieras manifiestan tener con sus clientes.

Los requisitos para la inclusión

Los requisitos que se deben cumplir para el tratamiento de datos personales relativos al incumplimiento de obligaciones dinerarias, financieras o de crédito; se encuentran establecidos en el artículo 20 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Establece las condiciones para que la práctica sea lícita;

  • Los datos los debe suministrar el acreedor o un representante que actúe por su cuenta e interés.
  • La deuda debe ser cierta, vencida y exigible; por lo que su existencia o cuantía no puede haber sido objeto de reclamación administrativa o judicial por el deudor.
  • El acreedor debe informar al afectado en el contrato o en el momento de requerir el pago acerca de la posibilidad de inclusión en dichos sistemas, con indicación de aquellos en los que participe.
  • El plazo máximo de estancia de los datos en el fichero es de cinco años; desde la fecha de vencimiento de la obligación financiera, dineraria o de crédito.

¿Cómo salir de un registros de morosos?

Estar incluido en un sistema de información crediticia puede suponer un perjuicio para las personas consumidoras o de empresas. Puede ser motivo para que nos denieguen futuras financiaciones; así como el alta en cualquier servicio e incluso la compra a plazos o los pagos con tarjeta.

Si queremos salir de un registro de morosos, la alternativa más fácil y rápida es pagar la deuda. Posteriormente, solicitar la cancelación de nuestros datos personales contactando con el registro en cuestión. Ahora bien, puede ocurrir que no estemos de acuerdo con la deuda reclamada. En estos casos, existen varias vías para su reclamación.

La inclusión indebida

Actualmente, es una práctica habitual de algunas empresas realizar inclusiones incumpliendo alguno de los requisitos mencionados anteriormente; con el único fin de presionar para que el afectado realice el pago.

A raíz de la Sentencia del Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo de 24 de abril de 2009; la doctrina estableció que la inclusión indebida de datos de personas físicas o jurídicas en un fichero de morosos constituye una intromisión en el derecho al honor. A partir de este momento; se ha podido apreciar como los Tribunales han venido sancionando estas prácticas de manera más reiterada fallando a favor del derecho a una indemnización para los perjudicados.

Todo fichero que no cumpla con los requisitos obligatorios establecidos por la normativa, podrá ser sancionado económicamente, siempre y cuando los sujetos perjudicados ejerciten alguna acción legal.

En los últimos años, el Tribunal Supremo ha venido otorgando una media de 10.000 euros de indemnización por inclusiones indebidas, estableciendo una protección total al derecho al honor.

En Tarinas Law & Economy, disponemos de un equipo especializado en nuestro departamento legal, que está a su disposición para tramitar todas estas cuestiones y resolver cualquier duda que tenga al respecto en relación con los sistemas de información crediticia. No dude en contactar con nosotros.

Déjanos tu mensaje y nos pondremos en contacto contigo lo antes posible

    Acepto la Política de Privacidad.

    Autorizo recibir ofertas y promociones, así como otra información comercial y de interés del grupo de empresas de Tarinas.

    Contacto

    También puedes contactar con nosotros por teléfono, email y redes sociales.

    93 11 55 111
    93 766 06 52
    67 22 12345
    tarinas@tarinas.com