Convocatoria 2022 del programa de subvenciones para el desarrollo empresarial
Les informamos que el Ayuntamiento de Calella ha abierto la convocatoria 2022 del Programa de subvenciones para el desarrollo empresarial.
3 líneas del programa de subvención
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Mejora, rehabilitación, adecuación, ampliación, mantenimiento y/o conservación de locales comerciales o establecimientos de servicios vacíos o con actividad.
- Esta línea 1 tiene como objetivo dar apoyo económico a empresas con un centro de trabajo en Calella para que realicen actuaciones de mejora, rehabilitación, adecuación, ampliación, mantenimiento y/o conservación de locales comerciales o establecimientos de servicios vacíos o con actividad, con la finalidad de mejorar sus condiciones.
- Importe máximo: 700,00 €.
- Coste mínimo de la actuación objeto de la ayuda: 1.000,00 € (IVA no incluido
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Desarrollo empresarial
- La línea 2 pretende dar apoyo económico a empresas con un centro de trabajo en Calella para innovar el negocio: transformación digital, fomento de la internacionalización, mejora del diseño o de la elaboración del producto o servicio, fomento de la sostenibilidad energética y ambiental, mantenimiento y desarrollo del talento y refuerzo y dinamización empresarial.
- Importe máximo: 700,00 €.
- Coste mínimo de la actuación objeto de la ayuda: 1.000,00 € (IVA no incluido).
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Fomento de la ocupación local
- Dar apoyo económico a empresas con un centro de trabajo en Calella para que puedan crear nuevos puestos de trabajo, y en especial, de entre los cuatro colectivos siguientes: personas en paro empadronadas en Calella, jóvenes entre 16 y 29 años, mayores de 45 años y personas en paro de larga duración o en situación de riesgo de exclusión social.
- Importe máximo: 1.000,00 €.
- El contrato debe ser de duración igual o superior a 6 meses o indefinida.
- Contratación laboral a jornada completa, con un máximo de 40 horas semanales por un 100% del importe máximo de la subvención.
- Contratación laboral a jornada parcial, por un 50% del importe máximo de la subvención (500,00 €) cuando la jornada laboral represente del 50 al 74% de la jornada laboral a tiempo completo; o un 75% (750,00 €) cuando la jornada represente del 75 al 99% de la jornada laboral a tiempo completo.
- Se considerarán gastos subvencionables los costes laborales, formados por el coste salarial bruto y el importe a abonar a la Seguridad Social, mientras que en ningún caso se considerarán gastos subvencionables los gastos generados por el trabajador durante el periodo de baja laboral.
- En caso de finalización de la relación laboral antes de los seis meses, se deberá cubrir la vacante en el plazo máximo de un mes.
En caso de tener más de un establecimiento, sólo se podrá solicitar la subvención para uno de ellos.
Serán subvencionables los gastos directamente relacionados con la ejecución de la actuación.
- La fecha límite para solicitar estas subvenciones es el 30/09/2022.
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