La importancia de recibir correctamente las notificaciones electrónicas
En virtud de lo establecido en la regulación sobre el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; las personas jurídicas están obligadas a recibir las notificaciones emitidas por organismos como, por ejemplo, la Agencia Estatal de Administración Tributaria o la Seguridad Social.
¿Qué ocurre si la Administración Pública dirige una notificación electrónica a nuestra empresa y no la descargamos a tiempo?
A todos los efectos, la fecha de descarga se considerará la fecha de notificación; salvo que transcurran 10 días naturales sin que el destinatario descargue el documento, en ese caso, la fecha de notificación será la fecha de puesta a disposición.
Debemos tener en cuenta que tanto si descargamos una comunicación como si no lo hacemos, tendrá los mismos efectos. La Administración emisora nos dará por notificados, por ello es aconsejable revisar nuestras notificaciones, como mínimo, una vez a la semana.
Pongamos por caso que la Agencia Estatal de Administración Tributaria nos requiere para que aportemos cierta documentación; pues bien, si no recibimos correctamente la notificación y no atendemos al requerimiento en tiempo y forma, se nos podrían derivar responsabilidades.
Podríamos perder la oportunidad de presentar alegaciones al respecto de un procedimiento sancionador, por haber transcurrido el plazo establecido legalmente para ello; o incluso podríamos tener que afrontarnos a sanciones económicas por no haber atendido al requerimiento obligatorio.
Por todo ello es necesario que el contribuyente, en este caso las empresas, pongan todos los medios necesarios con la finalidad de controlar todas y cada una de las notificaciones recibidas; descargarlas a tiempo y atender a los requerimientos concretos insertos en las mismas.
Para que puedas despreocuparte y estar seguro de que no vas a pasar por alto ninguna comunicación, desde Tarinas podemos ayudarte; ya que ofrecemos el servicio consistente en el control, recepción, descarga y reenvío al cliente de las notificaciones electrónicas que puedan remitirle los siguientes organismos:
- Agencia Estatal de Administración Tributaria
- Agencia Estatal Catalana
- Seguridad Social
- Organismo de Gestión Tributaria
- Dirección General de Tráfico
- Servei Català de Trànsit
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