La CNMC se opone a que las plataformas de alquileres turísticos informen a Hacienda sobre todos los movimientos.
El bando que componen las plataformas de alquileres online; ha encontrado en la CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) el aliado perfecto en su lucha contra Hacienda; ante la imposición del modelo 179 que comentábamos en otro post. La comisión reguladora, ha instado a la Administración a retirarse de la campaña contra el fraude que generan los alquileres turísticos.
La CNMC en defensa de la libre competencia.
La comisión considera que la inclusión del modelo informativo puede restringir la libre competencia entre las empresas del sector. En este sentido las empresas que basan su actividad en el proceso completo de alquiler de viviendas; que no solo ponen en contacto a ofertante y demandante, sino que también proporcionan el producto y que, por lo tanto, no quedan sujetas a la presentación del modelo 179; podrían gozar de una ventaja competitiva al no tener que informar. Según la comisión; dicha obligación puede suponer unos costes para las plataformas sujetas a dicho modelo y, por lo tanto, favorecer a otros sectores que llevan a cabo todo el proceso.
¿Qué piensan los propietarios de las viviendas turísticas sobre el caso?
Puede que las plataformas tengan algo de razón al oponerse a esta campaña; no por estar a favor del fraude fiscal, sino porque la obligación para los propietarios de las viviendas; a tener que declarar los rendimientos que obtienen, puede resultar en que decidan simplemente dejar de alquilarlas porque deje de salir rentable hacerlo. De hecho, debido a las comisiones que se llevan las plataformas colaborativas, y el alto grado de competencia; esta actividad resulta cada vez menos rentable. Por lo tanto, la persecución ya anunciada de Hacienda; añade otra razón por la que el propietario que alquila su vivienda turística deje de hacerlo; o que incluso las plataformas se vean obligadas a reducir sus comisiones.
¿Equilibro o restricción de la libre competencia?
Pese a que la Comisión y las plataformas reiteran que mediante el nuevo modelo; les ofrecen una ventaja a las empresas que llevan a cabo el proceso entero, cabe señalar, que en el negocio de las plataformas online reside una ventaja competitiva frente al resto, precisamente por ser online: no afrontan gran parte de los costes que deben soportar las empresas que llevan a cabo todo la cadena vertical (promoción, contacto, hospedaje…) por esta razón, es posible que la teórica restricción de la competencia; que tiene en sí el modelo 179, no haga sino equilibrar las competencias entre las dos partes.
Debemos replantear qué pesa más; el lastre que supone el fraude fiscal en este tipo de actividades, o asegurar que el principio de libre competencia quede intacto. Quedaremos a la espera de que bando ejerce más presión; pero con seguridad, el modelo 179 entrará en vigor en julio; e instamos a nuestros clientes del sector a tenerlo en cuenta en un futuro muy cercano.
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