¡Puedes estar afectado por el Impuesto sobre Activos no Productivos sin saberlo!

El Impuesto sobre Activos No Productivos nace con el objetivo de recaudar más; a pesar de las justificaciones que nuestros representantes políticos introducen en la Ley.

La naturaleza del impuesto ya se comentó en un post anterior acerca del Impuesto sobre Activos No Productivos  por lo que dada la proximidad del periodo de liquidación y las dudas existentes en relación al hecho imponible nos centraremos en éstas últimas.

Justificaciones sobre la Ley de Impuestos sobre Activos No Productivos

Con anterioridad al primer período de liquidación, junio de 2017, se interpuso recurso de inconstitucionalidad; al entender que gravaba una misma renta y un mismo contribuyente; además de incurrir en un supuesto de extraterritorialidad pues afecta a bienes que pueden estar situados fuera de Cataluña. Dicho recurso provocó la suspensión del impuesto en sí. Sin embargo, el pasado mes de noviembre de 2018 el Tribunal Constitucional dio la razón a la Generalitat y levantó la suspensión. La Generalitat ha establecido que la entrada en vigor del impuesto se mantiene con efectos del 1 de enero de 2017; y que el período de liquidación de los últimos tres ejercicios (2017,2018 y 2019) se fija entre el 1 de octubre y el 30 de noviembre 2019.

¿Estás afectado por el INAP?

Otra incógnita que presenta el impuesto radica en los sujetos pasivos, o sea, quién está afectado?

Especialmente en si las sociedades patrimoniales dedicadas al alquiler de inmuebles están sujetas o no al impuesto; pues éstas, en su mayor parte, no tienen actividad económica en el sentido fiscal.

La normativa del Impuesto de Sociedades (IS) nos define el concepto de actividad económica para el caso de las sociedades patrimoniales dedicadas al alquiler de inmuebles; y clarifica que no se entiende la existencia de actividad económica, cuando no se tenga una persona contratada a jornada completa para la gestión de los inmuebles.

Impuesto de Sociedades

Por ende, si nos remitimos a la ley de IS, parece claro que las patrimoniales dedicadas al alquiler de inmuebles pueden quedar sujetas al impuesto. En la mayor parte de los casos, el propio Impuesto de Sociedades identifica a las sociedades patrimoniales; por lo que su identificación es fácil para la administración tributaria.

Dado que este impuesto afecta a la mayoría de sociedades patrimoniales; y a la tenencia de activos como:

  • inmuebles,
  • aeronaves,
  • vehículos,
  • embarcaciones de recreo,
  • joyas
  • y objetos de arte propiedad de sociedades mercantiles,

Dada la proximidad del periodo de liquidación, desde Tarinas Associats creemos que debe estudiarse cada caso concreto; y hacer una valoración de las consecuencias que puede conllevar el hecho de no presentar las liquidaciones de los tres ejercicios (2017,2018 y 2019); teniendo en cuenta los recursos con los que cuenta actualmente la Agencia Tributaria Catalana.

Si estás afectado por el Impuesto sobre Activos no Productivos, te podemos ayudar, contacta con nuestro equipo:

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