Debido a la crisis por el COVID-19 (Coronavirus), las empresas están implantado el sistema del teletrabajo, pero…

Privacidad y teletrabajo

¿Qué implica el teletrabajo en la normativa de protección de datos?

Desde el Departamento de TIC de Tarinas te lo explicamos de forma clara y sencilla:

TIPS de Protección de Datos:

  1. Realizar un análisis de riesgo desde la perspectiva de la protección de datos (Privacidad desde el diseño).
    1. ¿Qué dispositivos se van a utilizar: de la empresa o personales?
  2. Configurar los dispositivos con medidas técnicas y organizativas necesarias con el fin de proteger la información de la empresa.
  3. Realizar una política de teletrabajo y darla a conocer a todos los empleados.
    1. En esta política deben incluirse indicaciones como:
      1. no utilizar el dispositivo facilitado por la empresa en lugar públicos ni conectarse a redes públicas. (Si se prevé que pasado el estado de alarma se seguirá con el teletrabajo)
      2. usar contraseñas de autentificación para su acceso -personales e intransferibles-
      3. activar sistemas de bloqueo de la sesión pasado tiempo de inactividad,
      4. no dejar los dispositivos portátiles a familiares o establecer las medidas necesarias para garantizar que terceros no autorizados accedan a la información en el supuesto de usar dispositivos personales. (Por ejemplo: crear un usuario).
  4. Hacer extensivas políticas de privacidad para garantizar la confidencialidad de los datos y la información de la empresa. Estas políticas deberían hacerse extensible siempre a todos los empleados, se realice o no, teletrabajo.
  5. En el supuesto de facilitar dispositivos de empresa los empleados deberían firmar un documento de entrega de dispositivos.
  6. En la situación actual es complicado, pero debería realizarse, en la medida de lo posible, una formación a los empleados -si aún no se ha realizado- a fin de informar sobre los potenciales riesgos que comporta el teletrabajo; sobre todo en relación a la confidencialidad, integridad y seguridad de la información, así como la detección y notificación de brechas de seguridad que puedan existir.
  7. Garantizar el derecho de los empleados a la desconexión digital. ¿En qué consiste? Fácil de explicar, pero a veces difícil de aplicar: es el derecho que tienen los trabajadores a no atender asuntos laborales fuera de su horario de trabajo; siempre y cuando, no se trate de una urgencia. Aunque aquí entraríamos en el debate entre el derecho del trabajador y el deber de la empresa a respetarlo.
  8. Garantizar el derecho a la intimidad ante el uso de los dispositivos personales; así como ante la utilización de sistemas de geolocalización en el ámbito laboral, en su caso.

En conclusión, el teletrabajo es mucho más que entregar dispositivos portátiles a los trabajadores para que trabajen desde casa. No dejes que los datos de tu empresa queden desprotegidos.

No vulneres los derechos del trabajador. Infórmate. Contáctanos.

Déjanos tu mensaje y nos pondremos en contacto contigo lo antes posible

    Acepto la Política de Privacidad.

    Autorizo recibir ofertas y promociones, así como otra información comercial y de interés del grupo de empresas de Tarinas.

    Contacto

    También puedes contactar con nosotros por teléfono, email y redes sociales.

    93 11 55 111
    93 766 06 52
    67 22 12345
    tarinas@tarinas.com