Subvenciones para las empresas en Cataluña en el ámbito del comercio, servicios, artesanía y moda

Subvenciones para las empresas en Cataluña

Les informamos que se han publicado en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya las siguientes subvenciones para las empresas en Cataluña:

1) Programa de soporte en el proceso de transformación digital de las empresas

El Consorcio de Comercio, Artesanía y Moda de Cataluña ha impulsado el programa de soporte en el proceso de transformación digital de las empresas con la finalidad de impulsar la incorporación de nuevas tecnologías digitales a las empresas comerciales para poder hacer frente a la nueva situación derivada de la COVID-19.

En concreto, se pretende que las empresas del sector del comercio al detalle y los servicios aumenten su competitividad y que mejoren la experiencia de compra a sus consumidores, con el objetivo de crear estrategias que integren tanto tienda física como online.

Personas beneficiarias:

  • Empresas de comercio, de servicios y paradas de mercados municipales

Acciones subvencionables:

  • Páginas web personalizadas con sistemas informáticos que permitan la gestión, actualización de contenidos y la métrica (datos que sirven para analizar el rendimiento de tu página web).
  • Creación de tiendas online a partir de un establecimiento físico, siempre y cuando se permita la recogida en el establecimiento físico.
  • Digitalización del punto de venta a pie de calle para dotar el establecimiento físico de tecnologías que mejoren sus procesos.
  • Proyectos y estudios de consultoría digital para el asesoramiento especializado.
  • Acciones de promoción y campañas de comunicación y márquetin digital, campañas de pago por clic, de posicionamiento CEO, entre otras.
    • En caso de que estas acciones sean en perfiles de redes sociales, se deberá justificar debidamente el motivo de su elección y han de estar integradas en la web de la empresa.
  • Contratación o realización de proyectos de estrategias digitales que tengan como finalidad inversiones que incorporen una visión digital y tecnológica que permitan integrar información y conocimiento de los clientes.

Requisitos:

  • Se debe tener un establecimiento a pie de calle en Cataluña.
  • Los proyectos subvencionables se deben realizar por empresas especializadas en el sector que puedan acreditar su experiencia.
  • En caso de márquetin digital en las redes sociales, les acciones se deberán realizar por parte de personal de la empresa con experiencia o bien, mediante una empresa especializada.
  • La inversión mínima debe ser de 1.000 euros.
  • El proyecto debe estar operativo antes del 31 de diciembre del 2022.

*Este programa es incompatible con las acciones de transformación digital del Programa para el crecimiento y competitividad de la empresa artesana y con el Programa para la transformación digital de la industria de la moda.

Cuantía: Hasta el 50% de los gastos subvencionables, con un límite de 5.000 euros.

Gastos subvencionables: Creación de perfiles profesionales en las redes sociales o creación de una tienda o catálogo online, impresión 3D, incorporación de asistentes de voz o tecnología chatbot (tecnología que permite que un usuario pueda mantener una conversación con un programa informático), instalación de sistemas digitalizados de puntos de recogida, sistemas de medidas de tráfico de personas en las diferentes áreas de la tienda, entre otras.

Plazo para solicitar la subvención: Hasta las 14:00 horas del día 13 de julio de 2022.

2) Programa de soporte para la apertura de comercios y de apoyo a la reforma y mejora de establecimientos

Este programa tiene el objetivo de dinamizar el comercio mediante proyectos de recuperación de los locales vacíos o mediante la reforma de establecimientos con un cierto grado de antigüedad o paradas de mercados municipales.

Personas beneficiarias:

Profesionales autónomos y empresas titulares de establecimientos de comercio y servicios, situados a pie de calle y paradas de mercados municipales sedentarias y no sedentarias.

Acciones subvencionables:

  • Ámbito 1: Gastos derivados de la compra, arrendamiento o concesión administrativa de locales y de la ampliación de la superficie de venta anexionando un nuevo local.
  • Ámbito 2: Gastos derivados de la reforma o mejora de establecimientos comerciales y servicios y de paradas de mercados municipales sedentarios y paradas de mercados no sedentarios.

Requisitos:

  • La inversión mínima subvencionable debe ser de 2.000 euros.

Ámbito 1:

    • En caso de compra, alquiler o autorización de uso o concesión administrativa, ser la persona titular del contrato.
    • Los establecimientos se deben destinar a la explotación de alguna actividad de comercio al detalle o servicios y han de disponer del correspondiente permiso municipal.

*Se excluyen las inversiones superiores a 60.000 euros y las concesiones administrativas correspondientes a inauguraciones de mercados municipales.

Ámbito 2:

    • En el caso de paradas de mercados municipales NO sedentarios, la persona solicitante debe acreditar la titularidad en los 5 últimos años, como mínimo.
    • En el caso de tiendas a pie de calle y paradas de mercados municipales, la persona solicitante debe acreditar la titularidad en los 10 últimos años como mínimo.

Cuantía de la ayuda: Hasta el 50% de los gastos subvencionables con un máximo de 5.000 euros.

Gastos subvencionables:

  • Ámbito 1: Los gastos generales por la compra, alquiler, trámites de concesión administrativa y los gastos derivados de la apertura del establecimiento.
  • Ámbito 2: Los gastos derivados de las reformas de obra menor al establecimiento (parada de mercado municipal sedentario o tienda a pie de calle con titularidad mínima de 10 años).

*No se considerarán subvencionables ni los gastos de maquinaria ni los de mobiliario.

Los gastos derivados de la adecuación de las paradas de mercados municipales no sedentarios o la compra de camión-tienda, con titularidad mínima de 5 años.

Plazo para solicitar la subvención: Hasta el 31 de diciembre de 2022 o hasta que se agote el presupuesto.

Si estás interesado en solicitar alguna de estas subvenciones, no dudes en ponerte en contacto con nosotros a través del número de teléfono 93.11.55.111. Tarinas somos abogados expertos en subvenciones.

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