¿Has tenido problemas con tu vuelo? ¡Reclama lo que te corresponde!

Enfrentarse a retrasos, cancelaciones, overbooking o problemas con el equipaje puede ser frustrante. Sin embargo, como pasajero, tienes derechos y nosotros estamos aquí para ayudarte a defenderlos.

En Tarinas, nos especializamos en reclamaciones de vuelos para que recuperes lo que te pertenece. Nuestro equipo de expertos te guiará durante todo el proceso, brindándote el mejor asesoramiento.

¡Sin riesgos para ti! Nuestro servicio es totalmente gratuito; solo cobramos si ganamos tu caso.

Confía en nosotros para proteger tus derechos como pasajero. Estamos a tu lado en cada paso del camino, asegurándonos de que recibas la indemnización que mereces.

Fases y procesos de una reclamación

Tus derechos como pasajero aéreo están protegidos por la Unión Europea.

Cada vez que viajes en avión, la UE garantiza tu derecho a un viaje cómodo y seguro. Estos son TUS derechos como pasajero:

  1. Igualdad de Trato: Estás protegido contra cualquier forma de discriminación, ya sea por tu nacionalidad, lugar de residencia o discapacidad.
  2. Derecho a la información: las aerolíneas deben proporcionarte información clara sobre los términos y condiciones de tu billete. Además, deben informarte sobre tus derechos antes, durante y después de tu viaje.
  3. Derecho de asistencia: en caso de embarque denegado, retraso o cancelación, podrías tener derecho a distintas asistencias, como: comida y bebida, acceso a comunicaciones, alojamiento si es necesario y transporte hacia y desde el lugar de alojamiento.
  4. Transporte alternativo o reembolso: En caso de denegación de embarque o cancelación de vuelo, puedes elegir entre un transporte alternativo o el reembolso completo del billete.
  5. Indemnización: según la distancia de su vuelo y el tiempo de retraso en la llegada a su destino, podrá tener derecho a una indemnización.

La ley europea relacionada con los derechos de los pasajeros aéreos se conoce como Reglamento (CE) Nº 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo del 11 de febrero de 2004. La normativa cubre todos los vuelos dentro de la UE tanto si la aerolínea es europea como si no lo es y los vuelos que partan de la UE hacia un lugar fuera de la UE. Si el vuelo sale desde un aeropuerto de fuera de la UE hacia ella solo está cubierto el retraso en caso de que la aerolínea sea europea.

Las obligaciones de las compañías aérea se excluirán cuando un suceso haya sido causado por circunstancias extraordinarias que no hubieran podido evitarse incluso si se hubieran tomado las medidas razonables (es: condiciones meteorológicas muy adversas, restricciones en el control del tráfico aéreo).

Por los vuelos internacionales los derechos de los pasajeros internacionales se regulan por el Convenio de Montreal, ratificado en España en 2004.

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