¡ATENCIÓN! El próximo 13 de junio finaliza el plazo para disponer de un canal de denuncias.

¿Quién está obligado a cumplir con la Ley 2/2023?

La Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción – más conocida como Ley de Protección al Denunciante o Ley del Canal de Denuncias – es obligatoria para:

  • Las personas físicas o jurídicas del sector privado que tengan contratados cincuenta o más personas trabajadoras.
  • Las personas jurídicas del sector privado que tengan la consideración de sujetos obligados de la Ley de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo.
  • Todas las entidades y organismos del sector público.
  • Fundaciones.
  • Partidos políticos y sindicatos.
  • Organizaciones empresariales.

¿Cuáles son las obligaciones que impone la Ley de Protección al Denunciante?

La Ley 2/2023 establece dos obligaciones: La implementación de un Sistema Interno de Información (SII) en el seno de la organización, y disponer de un sistema o canal de denuncias para poder realizas las comunicaciones y denuncias pertinentes.

1. Confeccionar e implementar un Sistema Interno de información.

  • Un Sistema Interno de Información (SII) consiste en las políticas, procedimientos y protocolos necesarios para regular todo lo que rodea al hecho de disponer de un canal de denuncias mediante el cual cualquier persona pueda comunicar hechos e infracciones a la organización.
  • De esta forma, por ejemplo, el SII deberá determinar el alcance del mismo, el protocolo del funcionamiento de la herramienta del canal de denuncias, el procedimiento de investigación de las denuncias recibidas (plazos, apertura de expediente, método de resolución, etc.), protección de los denunciantes ante posibles represalias, etc.
  • El SII que implemente la organización deberá ser revisado periódicamente, con el objetivo de que el mismo se encuentre actualizado a la legislación vigente y a las necesidades que presente la entidad en cada momento.
  • Asimismo, deberá nombrar a un Responsable del SII, el cual se deberá inscribir en la Autoridad Independiente de Protección al Denunciante (AII) que corresponda.

2.Disponer de un canal de denuncias.

¿Qué es un canal de denuncias?

Un canal de denuncias es una vía para que cualquier persona interna o externa de la organización pueda comunicar una conducta ilícita, una sospecha, una irregularidad o un incumplimiento de las normativas vigentes.

¿Cómo debe ser el canal de denuncias, según la Ley 2/2023?

El canal de denuncias debe ser 100% confidencial y, permitir la recepción y la gestión de denuncias anónimas. Asimismo, debe cumplir con los plazos establecidos en la normativa (7 días para acuse recibo y 3 meses para la investigación) y, debe garantizar los derechos del denunciante y protegerlo de posibles represalias, entre otros.

¿Qué sanciones puedo tener si no cumplo con la Ley 2/2023?

Las personas físicas hasta 300.000 euros.

Las personas jurídicas hasta 1 millón de euros.

¿Qué plazo tengo para implementar el canal de denuncias?

El plazo máximo para tener implementado el Sistema Interno de Información y contar con el canal de denuncias es el 13 de junio del 2023.

Como excepción, en el caso de las entidades jurídicas del sector privado con 249 trabajadores o menos, así como de los municipios de menos de 10.000 habitantes, el plazo se extenderá hasta el 1 de diciembre de 2023.

¿Qué soluciones te ofrece TARINAS?

En TARINAS disponemos de expertos en sistemas de cumplimiento normativo, así como en gestores externos de canales de denuncias.

Ofrecemos soluciones integrales para el cumplimiento de la Ley 2/2023, tanto para el sector público como el sector privado. De esta forma:

  • Nos encargamos de confeccionar e implementar el Sistema Interno de Información de manera efectiva, personalizada y proporcionada a la organización.
  • Proporcionamos nuestra herramienta informática de canal de denuncias, totalmente adaptada a las exigencias de la normativa vigente, y realizamos la gestión externa de este canal, minimizando al máximo la carga de trabajo que ello conlleva a la organización obligada.
  • En caso de ser necesario, asesoramos durante el proceso de investigación de las denuncias recibidas.

¿Cómo es el canal de denuncias que ofrece TARINAS LAW & ECONOMY?

En TARINAS LAW & ECONOMY hemos desarrollado nuestra propia herramienta informática de canal de denuncias, mediante la cual las empresas y organismos podrán dar cumplimiento a la Ley 2/2023.

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