PUBLICADA LA NUEVA LEGISLACIÓN QUE REGULA LA SITUACIÓN ACTUAL DE LOS EXPEDIENTES DE REGULACIÓN DE EMPLEO Y LAS MEDIDAS DE APOYO A LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS

En fecha 26 de enero de 2021, se ha publicado el nuevo Real Decreto-ley 2/2021, de esfuerzo y consolidación de medidas sociales en defensa del empleo.

A) Los puntos a destacar de esta nueva normativa en relación a los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE, de ahora en adelante) son los siguientes:

  • Los ERTE por causa de fuerza mayor, así como los ERTE por limitación de la actividad, se prorrogarán automáticamente hasta el 31 de mayo de 2021.
  • Las empresas afectadas por un ERTE de fuerza mayor y que desarrollen las actividades que indicamos en la tabla que adjuntamos al final de este comunicado se beneficiarán de la exoneración de la cotización a la Seguridad Social en un 85% durante los meses de febrero, marzo, abril y mayo.
  • Se mantiene la regulación en materia de la salvaguarda de empleo, la cual implica que no se podrá despedir durante el plazo de 6 meses desde la fecha de reanudación, ya sea total o parcial, de la actividad, a contar desde la finalización de la obligatoriedad de mantener a la plantilla durante 6 meses del ERTE anterior.
  • Exoneraciones en las cotizaciones a la Seguridad Social de las empresas afectadas por un ERTE por limitación de la actividad:
FEBRERO 2021 MARZO 2021 ABRIL 2021 MAYO 2021
Menos de 50 trabajadores 100% 90% 85% 80%
50 trabajadores o más 90% 80% 75% 70%

B) Los puntos a destacar en materia de apoyo a los trabajadores autónomos se han aprobado las siguientes prestaciones:

  • Prestación para los autónomos que su actividad haya quedado temporalmente suspendida totalmente por la autoridad competente como medida de contención de la propagación del virus COVID-19.
  • Prestación de cese de actividad compatible con el trabajo por cuenta propia (con un período de cotización por cese de actividad de doce meses)
  • Prestación extraordinaria de cese de actividad para los trabajadores de temporada.
  • Prestación extraordinaria de cese de actividad para aquellos trabajadores autónomos que NO tengan cubierto doce meses de cotización por cese de actividad.

BOE-A-2021-1130

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