Llamada comercial a una persona que figura en la lista robinson

El pasado 8 de febrero de 2022; la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) publicaba la resolución de un procedimiento sancionador en el que se ha visto implicada la entidad A por realizar una llamada comercial al sujeto X, ciudadano que figuraba en la Lista Robinson.

Multa por incumplimiento de la ley 9/2014

¿Qué es la Lista Robinson?

La Lista Robinson; es una lista gratuita y pública en la que libremente los ciudadanos se registran para evitar recibir publicidad comercial de todas aquellas empresas a las que no se le haya dado el consentimiento expreso previamente para dicha acción publicitaria. Esta lista; funciona tanto para la publicidad vía telefónica, la publicidad vía correo postal, la publicidad vía correo electrónico y finalmente, para la publicidad en formato SMS.

En este sentido, si una persona figura en la Lista Robinson; no debería recibir publicidad comercial de empresas a excepción, de aquellas a las que se les ha dado el consentimiento expreso.

Hay que recordar, que el consentimiento expreso; es el acto de manifestar de forma clara e inequívoca por parte del interesado la permisión de un tratamiento concreto, mediante la declaración de su voluntad.

Resumen del CASO de la AEPD

El 17 de marzo de 2021 a las 17:32 horas; el sujeto X recibió una llamada en la línea de móvil de la entidad A con el objetivo de publicitar una oferta de la empresa B, pese a encontrarse en la Lista Robinson desde el 27 de agosto de 2019.
El denunciante alegó que tras investigar la línea de móvil del sujeto X; se averiguó que procedía de un proveedor de listado de datos, la empresa C, quienes habían facilitado los datos de contacto a la empresa B. Aquellos, C, manifestaron que desconocían si la inscripción en su lista de la línea móvil del sujeto X se realizó con carácter posterior o anterior a su inscripción en la Lista Robinson.

¿Por qué finalmente se sanciona a la empresa?

A es multada por una infracción del artículo 48.1.b de la Ley General de Telecomunicaciones (LGT):

“1. Respecto a la protección de datos personales y la privacidad en relación con las comunicaciones no solicitadas los usuarios finales de los servicios de comunicaciones electrónicas tendrán los siguientes derechos:

b) A oponerse a recibir llamadas no deseadas con fines de comunicación comercial que se efectúen mediante sistemas distintos de los establecidos en la letra anterior y a ser informado de este derecho.”

El artículo 80 de la LGT estipula que los criterios para la determinación de la cuantía de la sanción son:

a) “La gravedad de las infracciones cometidas anteriormente por el sujeto al que se sanciona.
b) La repercusión social de las infracciones.
c) El beneficio que haya reportado al infractor el hecho objeto de la infracción.
d) El daño causado y su reparación.
e) El cumplimiento voluntario de las medidas cautelares que, en su caso, se impongan en el procedimiento sancionador.
f) La negativa u obstrucción al acceso a las instalaciones o a facilitar la información o documentación requerida.
g) El cese de la actividad infractora, previamente o durante la tramitación del expediente sancionador.”

Asimismo, en el artículo 79.1.d de la LGT especifica que las infracciones leves podrán ser sancionadas hasta 50.000€.
No obstante, esta infracción se encuentra tipificada en el artículo 78.11 de la LGT como infracción leve, y finalmente asciende a un importe de 4.000€.

“El incumplimiento de las obligaciones de servicio público, de las obligaciones de carácter público y la vulneración de los derechos de los consumidores y usuarios finales, según lo establecido en el Título III de la Ley y su normativa de desarrollo.”

Por todo lo anterior, para no llegar al extremo de una sanción por infringir la LGT o el RGPD asegúrate siempre de; que el ciudadano no pertenezca a la Lista Robinson, o bien que, aunque pertenezca a la misma haya formalizado su consentimiento al respecto.

En Tarinas Law&Economy deseamos que nuestros clientes no se encuentren nunca inmersos en un procedimiento de esta índole, no obstante, en el supuesto caso que ocurriese, nuestros profesionales del departamento TIC le asesoran y le ayudaran a resolverlo.

Confía en nosotros, trabajamos y luchamos por ti.

 

Déjanos tu mensaje y nos pondremos en contacto contigo lo antes posible

    Acepto la Política de Privacidad.

    Autorizo recibir ofertas y promociones, así como otra información comercial y de interés del grupo de empresas de Tarinas.

    Contacto

    También puedes contactar con nosotros por teléfono, email y redes sociales.

    93 11 55 111
    93 766 06 52
    67 22 12345
    tarinas@tarinas.com