¿Qué es el modelo 720?
Se trata de una declaración informativa sobre los bienes y derechos situados en el extranjero, que concretamente tiene como objetivos la recopilación de información sobre cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero; sobre valores, derechos, seguros y rentas depositados o gestionados desde el extranjero y sobre bienes inmuebles y derechos sobre estos.
¿Cuál es el plazo de presentación?
En primer lugar, destacaremos que el plazo para presentar dicha declaración finaliza el 1 de abril de 2019, justo anterior a la campaña de la declaración del Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas, que deberá guardar relación con lo previamente presentado en la declaración informativa.
¿Quién está obligado a presentar el modelo 720?
Están obligados a presentar esta declaración; personas físicas o jurídicas residentes en el estado español que posean la titularidad, representación o cualquier tipo de derecho sobre los bienes mencionados en el primer apartado, que se dividirán, según la Ley, en tres grupos distintos (cuentas, valores y bienes).
Sin embargo, no existirá la obligación de presentar el modelo, si la suma del valor de los bienes que integran cada uno de los grupos, no supera los 50.000 euros (cada grupo computado de forma independiente). Cuando cualquiera de los grupos, tenga un valor total superior a dicho importe existirá la información de declarar.
Cuando se trate de los ejercicios sucesivos a la primera declaración; el importe a considerar para contraer la obligación será de incrementos superiores a los 20.000 euros respecto al valor declarado en la última declaración presentada, o bien la apertura o la cancelación de cuentas.
¿Qué pasa si no se presenta?
El incumplimiento de la obligación de informar sobre los bienes y derechos situados en el extranjero conlleva sanciones de 5.000 euros por cada dato (fechas, clasificación, cancelación…) o conjunto de datos (identificación del bien, información sobre la entidad financiera…) con un mínimo de 10.000 euros.
El régimen sancionador del modelo 720 prevé sanciones significativas que pueden llegar a superar el valor del propio bien a declarar, por lo tanto, desde Tarinas, instamos a que todo aquél que tenga bienes situados en el extranjero revise su situación fiscal para evitar posibles infracciones tributarias.
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