El Gobierno ha aprobado el Real Decreto-Ley 11/2020, (modificado parcialmente por el Real Decreto-Ley 16/2020); de medidas urgentes en el ámbito social y económico para hacer frente a la crisis sanitaria del COVID-19.
Este Real Decreto tiene por objeto la implementación de un paquete de medidas de carácter social dirigidas al apoyo a trabajadores, consumidores, familias y colectivos vulnerables; así como también medidas de refuerzo de la actividad económica y actuaciones encaminadas a apoyar a empresas y autónomos.
Estas nuevas medidas se suman a las ya adoptadas por todos los Reales Decretos publicados a raíz de la declaración del estado de alarma.
En concreto, el Real Decreto-Ley 11/2020 (en adelante, “RDL 11/2020”) ha establecido una serie de medidas que son de interés destacar en el ámbito de la protección de los consumidores.
Des de TARINAS LAW&ECONOMY queremos invitarle a que si usted o algún conocido se ve afectado por estos supuestos se asesore con nuestro equipo jurídico para disponer de toda la información necesaria y de un asesoramiento adecuado.
Derecho a resolver contratos
Por un lado, una de las medidas más importantes ha consistido en la posibilidad de ejercer el derecho a resolución de un contrato durante un plazo de 14 días; sea o no de tracto sucesivo, que como consecuencia de las medidas adoptadas actualmente sea de imposible ejecución.
Por otro lado, si los contratos son de tracto sucesivo, se ha implementado la paralización del cobro de las cuotas de los mismos hasta que se pueda volver a prestar el servicio con normalidad; sin que este hecho suponga la rescisión del contrato.
Viajes combinados cancelados
También resulta muy relevante en cuanto a los servicios prestados por varios proveedores, que el consumidor puede optar por solicitar el reembolso o por obtener un “bono” que podrá utilizar en el plazo de un año desde el levantamiento del estado de alarma, el cual será entregado por el propio proveedor; y si el consumidor finalmente acaba no utilizando el “bono”, este podrá ejercer su derecho de reembolso.
Moratoria hipotecaria
Además de todas estas medidas, el RDL 11/2020 también determina la extensión de la moratoria hipotecaria cuando se acredite situación de vulnerabilidad; estableciendo un plazo de suspensión de uno a tres meses, posponiéndose éstos por idéntico plazo. Asimismo, se ofrece la posibilidad de establecer una moratoria para los créditos y préstamos no hipotecarios, incluyendo los créditos al consumo; que mantengan todos aquellos que se encuentren en situación de vulnerabilidad.
Moratoria de alquileres
Medidas de apoyo a todas aquellas personas que no puedan pagar sus alquileres, que se encuentran en situación de vulnerabilidad o que no tengan alternativa habitacional; como, por ejemplo:
- La suspensión de los desahucios por un periodo de seis meses,
- La renovación automática de los contratos de alquiler que venzan en los tres meses posteriores a la entrada vigor de este RDL 11/2020,
- La prolongación o el aplazamiento en el pago de la renta arrendaticia mientras dure el estado de alarma,
- Programas específicos de ayudas de diferente tipo,
- Entre otras.
Apoyo en suministros básicos
Esta medida establece la ampliación del colectivo de beneficiarios del bono social eléctrico a los autónomos que hayan visto cesada su actividad o reducidos sus ingresos en más de un 75%. Así como medidas para garantizar los suministros energéticos y de agua en aquellas actividades realizadas habitualmente fuera del hogar; y la prohibición del cómputo a los efectos de los plazos de suspensión del suministro indicados con anterioridad. En este mismo sentido, también se establecen medidas en relación a la suspensión de la portabilidad en el sector de las telecomunicaciones.
Subsidios
En cuanto a las personas empleadas del hogar y trabajadores con contrato temporal que hayan visto su jornada reducida o su contrato extinguido se crea un subsidio temporal con carácter retroactivo equivalente al 70% de la base reguladora empleada; compatible con el mantenimiento de otras actividades sin que la suma de retribuciones exceda el Salario Mínimo Interprofesional.
Rescate de planes de pensiones
Finalmente, también se amplían los supuestos en que se pueden rescatar las aportaciones realizadas a planes de pensiones por parte de quienes estén sujetos a un ERTE; y autónomos que hayan cesado su actividad como consecuencia del COVID-19, o visto reducidos sus ingresos en un 75%.
Limitación de publicidad de actividades de juego online
Por último, destacar que se establecen limitaciones de publicidad en las actividades de juego online para evitar las conductas de consumo compulsivo.
Por todo ello, des de TARINAS LAW&ECONOMY les recomendamos que en momentos tan difíciles pongan su asesoramiento en nuestras manos frente a cualquier incerteza que esta situación les pueda generar, para poder informarse sobre todos los aspectos relacionados con las medidas de protección establecidas para los consumidores.
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