El pasado 31 de enero de 2025, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) aprobó el lanzamiento del sistema Lista Stop Publicidad, una iniciativa creada por la Asociación Española para la Privacidad Digital (AsociacionEPD) una entidad sin ánimo de lucro comprometida con la defensa y educación en materia de protección de datos personales y derechos digitales que, tras varios intentos a lo largo del 2024, ha conseguido finalmente contar con el beneplácito de la AEPD.

Lista Stop Publicidad

¿En qué consiste la Lista Stop Publicidad?

La creación de la Lista Stop Publicidad responde a la creciente preocupación por la privacidad y la protección de datos personales en la era digital.

La Lista Stop Publicidad es un sistema de exclusión publicitaria que permite a los usuarios registrar sus datos de forma gratuita y voluntaria para evitar recibir publicidad no deseada. Las empresas que deseen realizar campañas publicitarias deben consultar esta lista para excluir a las personas inscritas. Además, la LSP ofrece la posibilidad de gestionar la oposición en el caso de personas fallecidas, permitiendo que los familiares actúen en su nombre.

Su función es parecida a la de su hermana, la Lista Robinson, si bien mientras que esta última se centra principalmente en publicidad realizada por llamadas comerciales o SMS, la LSP amplia esta protección al ámbito digital, incluyendo redes sociales y aplicaciones de mensajería, por lo que también limita los anuncios invasivos en plataformas sociales.

Además, permite revocar el consentimiento o ejercer el derecho de oposición al tratamiento de datos personales en redes sociales, así también permite que los familiares gestionen la oposición en nombre de personas fallecida, consiguiendo una adaptación a los nuevos formatos digitales y una ampliación de las opciones de exclusión disponibles para los usuarios en comparación a la Lista Robinson.

La LSP está disponible tanto para personas físicas como jurídicas, si bien el registro es gratuito para las personas físicas, las jurídicas deberán pagar una suscripción para su servicio.

Obligaciones para las Empresas

Toda empresa que realice comunicaciones comerciales dirigidas a personas físicas está obligada a consultar la Lista Stop Publicidad antes de enviar publicidad, de la misma manera que ocurre con la Lista Robinson. Esto significa que, para cumplir con la normativa de protección de datos y evitar sanciones, las empresas deben realizar una doble verificación, consultando tanto la LSP como la Lista Robinson.

Esto puede generar costes y ajustes operativos adicionales, ya que las empresas deben asegurarse de no contactar a quienes han manifestado su oposición.

Cómo Inscribirse en la Lista Stop Publicidad

Inscribirse en la Lista Stop Publicidad es un proceso sencillo y gratuito para los usuarios. Aquí te explico los pasos a seguir:

  1. Accede a la web de la Lista Stop Publicidad: Visita la página oficial o accede a través de la AEPD en su sección dedicada a la Lista Stop Publicidad.
  2. Haz clic en "Apúntate": Busca y selecciona la opción para inscribirte.
  3. Rellena el formulario: Completa el formulario con tus datos personales, incluyendo nombre, dirección de correo electrónico y número de teléfono.
  4. Acepta los términos y condiciones: Lee y acepta los términos y condiciones del servicio.
  5. Verifica tu inscripción: Recibirás un correo electrónico de verificación. Haz clic en el enlace proporcionado para confirmar tu inscripción.
  6. Inicia sesión y selecciona los canales de exclusión: Indica los medios a través de los cuales no deseas recibir publicidad (correo electrónico, SMS, llamadas telefónicas, redes sociales, etc.).
  7. Verifica tu inscripción: Recibirás un correo electrónico de verificación. Haz clic en el enlace proporcionado para confirmar tu inscripción.

Una vez completado el proceso, tu inscripción será efectiva en un plazo de 30 días, durante el cual las empresas deberán ajustar sus bases de datos para respetar tu decisión.

Conclusión

La Lista Stop Publicidad (LSP) representa un avance significativo en la protección de la privacidad digital en España. Al ofrecer una herramienta de exclusión publicitaria más adaptada a los nuevos formatos digitales, la AEPD y la AsociaciónEPD están proporcionando a los usuarios una mayor capacidad de control sobre sus datos personales y la posibilidad de evitar publicidad no deseada en múltiples plataformas. Para las empresas, la implementación de la LSP implica una adaptación a las nuevas normativas y la necesidad de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de protección de datos.

Si bien es posible pensar que la LSP sustituye a la Lista Robinson, la realidad es que estas son complementarias entre ellas, pues cada una protege a los consumidores en campos distintos. Por lo tanto, se recomienda que, en caso de querer evitar cualquier comunicación comercial, se haga uso de ambas listas. Utilizar tanto la Lista Robinson como la Lista Stop Publicidad asegura una protección más completa frente a la publicidad intrusiva, abarcando tanto los métodos tradicionales como los digitales. Esta combinación de herramientas permite a los usuarios tener un mayor control sobre sus datos personales y su privacidad, adaptándose a las diversas formas en que las empresas pueden intentar contactarles.

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