Con tantas nuevas tecnologías que existen en el mercado, es curioso e interesante analizar cuáles están siendo y cuáles pueden ser los impactos que producen estas nuevas tecnologías que, aplicadas, al ámbito de las relaciones laborales, pueden ser extremadamente escalofriantes a la vez que interesantes.

No queda tanto para alcanzar una plena digitalización laboral.

Lo cierto es que en España, no llega al 3 % la plataforma de gente trabajadora que presta sus servicios en el ámbito de la digitalización. Con ello queremos decir que, a día de hoy, la digitalización plena en el ámbito laboral no está implantada pero con el ritmo tan rápido que corre seguro que este porcentaje aumentará de manera desproporcionada próximamente.

Lo cierto es que un primer gran impacto en el ámbito laboral es el de la pérdida de puestos de trabajo. Ciertamente, poco a poco, puestos de trabajo que conocemos van desapareciendo. Es el caso, por ejemplo de los/as reponedores/as de gasolinera o los/as cajeros/as de los supermercados.

A día de hoy ya empezamos a ver como en muchas gasolineras, es el propio consumidor el que se sirve la gasolina y, a través de la tarjeta de crédito, abona el coste de la misma.

O en los supermercados ya existen cajas automáticas en las que el propio cliente pasa los productos por una máquina y ésta misma le indica el importe que debe pagar por los mismos, habiendo únicamente una persona que controla.

Con la digitalización, se crean nuevos puestos de trabajo.

No obstante, al igual que la digitalización está destruyendo puestos de trabajo, también es cierto que está creando nuevos. El hecho de que muchas cosas estén tan digitalizadas; requiere de personas que las controlen o sepan cómo actuar en caso de que alguna tecnología falle. Por ello, siempre debe existir personal competente para solventar problemas.

Nunca debemos olvidar que una máquina es una máquina y como tal sigue unos patrones pero no unos instintos. En cambio, una persona es un humano que tiene sentimientos e instintos que una máquina nunca tendrá. Nos encontramos realmente con nuevas situaciones en el ámbito laboral y, con ello, nuevos problemas que a día de hoy no están regulados ni legislados porque son nuevos.

Es el caso por ejemplo, del tiempo de trabajo. Antes teníamos un tiempo de trabajo marcado y, de hecho, la Ley regula el tiempo de trabajo. Ahora bien, ¿qué pasa cuando recibimos correos electrónicos del trabajo en el móvil, estamos “fuera de nuestro horario laboral” y les damos contestación?

Imaginémonos que de esa contestación del correo se deriva una responsabilidad importante para el trabajador.
La Empresa, ¿cómo debe actuar? ¿deberá sancionarlo? ¿despedirlo? ¿o el despido sería improcedente porque no se encontraba en horario de trabajo? Pero, ¿y si se trata de un comercial, el cual no tiene un horario de trabajo fijo?

Nuevas situaciones laborales que se deberán legislar.

En fin, empezamos a hacernos toda una serie de preguntas que la legislación actual, tal y como la tenemos, no nos da la respuesta.

Se trata de nuevas situaciones laborales en las que nos iremos encontrando y que, poco a poco, los Jueces deberán adaptarse a esta nueva realidad digital para darnos respuesta.

Lo mismo pasa, por ejemplo, con el lugar de trabajo. Antes, los empleos siempre tenían un lugar de trabajo. Ahora, poco a poco, mucha gente trabaja desde casa, con su ordenador. Y aunque se encuentren en su domicilio o en cualquier otro sitio; que no sea la oficina física de la empresa, están trabajando.

Es hora de que abramos los ojos y seamos conscientes de esta nueva realidad digital; que poco a poco está influyendo radicalmente en nuestro ámbito laboral, en nuestro trabajo y, en definitiva, en nuestro día a día.

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