Extinción del condominio: Efectos en el IRPF tras la Sentencia del Tribunal Supremo del 10-10-2022: Casos habituales de divorcios y separaciones matrimoniales

Esta es la segunda campaña de Declaración de Renta, en la que las extinciones de condominio pueden tener un coste fiscal importante, sobre todo en los casos más habituales de separaciones matrimoniales y divorcios.

La Sentencia del Tribunal Supremo 3585/2022 de 10 de Octubre de 2022 ocasionó una especie de terremoto en toda la comunidad profesional, ya que una serie de operaciones de extinción de condominio muy habituales, en las que el legislador consideraba que hasta este momento no debía de existir coste fiscal, a partir de la aparición de esta Sentencia, tendrán un coste fiscal que puede ser muy significativo.

Extinción del condominio por divorcio

¿Que ocurría en los casos mas típicos de extinción de condominio hasta la aparición de dicha sentencia?

Con anterioridad a esta sentencia, en los casos más típicos de extinción de condominio como son las separaciones matrimoniales y divorcios, todo el ordenamiento jurídico estaba orientado a la búsqueda de la neutralidad fiscal, para que la fiscalidad no fuera un obstáculo que frene dichas operaciones de separación de patrimonio familiar.

Se buscaba dicha neutralidad fiscal, para que ni la persona que se queda con el inmueble, ni la que recibe una compensación económica, soportaran un coste fiscal, ya que ninguno de ellos, en término de valor, acababa teniendo más de lo que tenían antes de la disolución del condominio, y la posible ganancia patrimonial que se produzca en este tipo de operaciones, únicamente se difiere en el tiempo.

De esta forma, el comunero que se adjudica el inmueble se lleva también un pasivo fiscal diferido, ya que la tributación se aplaza a un momento posterior en el que el adquirente transmita los bienes, y para ello se subroga en los valores de adquisición originarios.

¿Que dice la sentencia del tribual supremo?

La Sentencia del Tribunal Supremo nos dice que la compensación percibida por un comunero al cual no se le adjudica el bien cuando se disuelve el condominio comporta para dicho comunero la existencia de una ganancia patrimonial cuando existe una actualización del valor del bien entre el momento de la adquisición y el de su adjudicación, y esta diferencia sea positiva.

Obviamente en una gran mayoría de los casos existe esta actualización de dicho valor, lo cual ocasiona tributación.

¿Que consecuencias tiene esta sentencia?

La Sentencia, tiene como consecuencia de que habrá que tributar en el IRPF en la inmensa mayoría de extinciones de condominio, donde haya que compensar al comunero que se quede con un defecto de adjudicación.

El caso habitual en el que un comunero se queda con el inmueble y el otro recibe una compensación en metálico, implica que este último tenga que tributar exactamente igual que si se hubiera realizado una venta de la cuota de titularidad que ostentaba en el inmueble.

Nuevos problemas que ocasiona esta sentencia

Un gran número de casos de disoluciones matrimoniales y de extinción del condominio entre hermanos de bienes procedentes de herencias, tendrán un obstáculo importante que frenará este tipo de operaciones debido a la fiscalidad.

Los habituales divorcios resultarán todavía más complicados teniendo en cuenta el coste fiscal a asumir, debido a que tendrán que analizarse los importes a los cuales se deben de valorar los inmuebles, en función de los valores de adquisición originarios, los valores actuales y las compensaciones pactadas.

Si tiene dudas sobre las condiciones que aplica la nueva Sentencia del Tribunal Supremo del 10-10-2022, no dude en ponerse en contacto con el Servicio Legal, especializado en Derecho de Familia para que le asesoren o le ayuden en cualquier duda o problema.

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