Aunque no es obligatorio, sí que es muy recomendable tenerlo asegurado, y lo mejor es que consulte a su mediador de seguros sobre qué tipo de póliza se ajusta mejor a sus necesidades
Los patinetes eléctricos forman parte del paisaje urbano de nuestras ciudades, como también, aunque en menor medida, otros vehículos de movilidad personal. Son muchas las ventajas que aportan este tipo de dispositivos en los desplazamientos urbanos: no contaminan, no debemos preocuparnos por el estacionamiento y además el coste por consumo es muy bajo. Sin embargo, no debemos confundirlos con un juguete, ya que cada vez son más los siniestros en los que se ven involucrados este tipo de vehículos.
Según datos de la Guardia Urbana de Barcelona, en 2019 se cuadruplicaron los accidentes en la ciudad en los que se vieron implicados patinetes y otros vehículos de movilidad personal. En un año, los accidentes con estos protagonistas pasaron de 129 (en 2018) a 490 (en 2019). La mayoría de los siniestros fueron choques laterales y atropellos. Ese es, precisamente, uno de los grandes riesgos. Los patinetes comparten el espacio con lo peatones en muchas calles de la ciudad. Y esta coincidencia no siempre es fácil.
A día de hoy, la ley no obliga a contratar un seguro para circular con estos vehículos, siempre que no superen los 25 km/h. Por encima de esta velocidad son considerados por la Dirección General de Tráfico (DGT) como vehículos a motor y están obligados a tener una licencia municipal para circular por vías urbanas y también a contratar un seguro de responsabilidad civil de manera obligatoria. No obstante, la mayoría de los patinetes eléctricos que vemos por las ciudades no superan los 25 km/h.
Con todo, son muchos los consistorios del país que ya están regulando a través de ordenanzas unas normas básicas para ordenar el uso de estos nuevos vehículos. Algunos, como el ayuntamiento de Palencia, ha anunciado esta misma semana su intención de modificar las ordenanzas municipales para obligar a los usuarios de patinetes eléctricos a contratar un seguro de responsabilidad civil, además de exigir el uso de casco y la instalación de luces delanteras y traseras, entre otras condiciones.
Más allá de la exigencia legal
Con independencia de las exigencias y obligaciones que marque la ley para el uso de los vehículos de movilidad personal, que sin duda cada vez serán más, el sentido común y la fuerza de los hechos hace aconsejable que los usuarios de estos vehículos contraten un seguro. En juego está su tranquilidad, ya que los costes de la responsabilidad civil de un accidente en el que puede ser considerado responsable pueden llegar a ser importantes desde el punto de vista económico.
Es cierto que, en el caso de contar con un seguro del Hogar, la cobertura familiar de este tipo de pólizas, en su mayoría, haría frente a la responsabilidad civil derivada de un accidente provocado por un patinete eléctrico, como también incluye las bicicletas. No obstante, es muy importante que no se confíe y dé por seguro que dispone de este tipo de cobertura en su seguro del Hogar. Consulte a su mediador de seguros para saber si la póliza contratada contempla este tipo de cobertura.
Del mismo modo, aunque su póliza incluya la Responsabillidad Civil en caso de accidente con un vehículo de movilidad personal, es importante también conocer la cantidad máxima por la que este seguro responde. En este sentido, recientemente la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) se ha dirigido a Unespa, la patronal que agrupa a las compañías de seguros, para solicitar que las pólizas del hogar amplíen hasta al menos 600.000 euros la indemnización por Responsabilidad Civil y que se mencione de manera expresa la cobertura familiar a los vehículos de movilidad personal y las bicicletas.
En el caso de que causemos daños a un peatón con nuestro patinete, los tribunales suelen aplicar el baremo de accidentes de tráfico, que tras su actualización establece indemnizaciones que pueden llegar a ser muy importantes en función de las lesiones causadas o, incluso, si se ha producido un fallecimiento. La primera muerte en un accidente en el que estuvo implicado un vehículo de movilidad personal se produjo en agosto de 2018 en Esplugues de Llobregat (Barcelona).
Una consulta a su mediador de seguros le servirá para conocer si su seguro de Hogar contempla la Responsabilidad Civil de los vehículos de movilidad personal y la dotación económica máxima prevista por este concepto. El experto en seguros le recomendará si debe ampliar su póliza para poder estar tranquilo ante cualquier eventualidad en la familia.
Otra opción, casi imprescindible si no cuenta con un seguro de Hogar o si la póliza no incluye a los patinetes, es la contratación de un seguro específico para este tipo de vehículos. Son pólizas que pueden suscribirse por poco más de 20 euros y que ofrecen una serie de coberturas específicas para las necesidades y los riesgos de los usuarios de estos vehículos de movilidad personal.
No se quede con la duda o sin la protección del seguro. Pregúntenos y le proporcionaremos la mejor solución para sus necesidades y su tranquilidad.
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