Complemento de Paternidad: Nuevas Oportunidades para Todos los Progenitores en la Jubilación

En la actualidad, toda persona jubilada, ya sea hombre o mujer, puede solicitar el complemento para la reducción de brecha de género, por el cual se reconoce, este 2024, una mejora de la pensión de jubilación de 33,20€ para cada hijo que se haya tenido, con el límite de 4 hijos.

Este complemento para la reducción de brecha de género lo pueden pedir tanto hombres como mujeres, pero no siempre ha estado así.

complemento de paternidad

El 1 de enero de 2016 apareció el complemento de maternidad, por el cual se reconocía solo a las mujeres una mejora de su pensión de jubilación en función de los hijos que hubiera tenido. En concreto, el complemento otorgaba un incremento porcentual en la pensión de jubilación a las mujeres con hijos. El porcentaje variaba en función del número de hijos: un 5% de incremento para aquellas con dos hijos, un 10% para tres hijos y un 15% para cuatro o más hijos. Este ajuste estaba claramente destinado a paliar los efectos negativos que la maternidad podía tener en las carreras profesionales de las mujeres y, en consecuencia, en sus pensiones.

Esta medida tenía como objetivo principal corregir las desigualdades de género en las pensiones, reconociendo que muchas mujeres experimentaban interrupciones en su vida laboral a causa de la maternidad y la cura de los hijos, hecho que provocaba una disminución en sus cotizaciones y, consecuentemente, en el importe final de sus pensiones.

No fue hasta el año 2019 que, la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 12 de diciembre de 2019, consideró que este complemento era discriminatorio por los hombres puesto que, a pesar de que el objeto de esta medida era compensar las desventajas derivadas de la maternidad, cosa que era totalmente legítima, su exclusividad solo para las mujeres no estaba justificada, dado que tanto los hombres como las mujeres pueden ver afectada su vida laboral por el hecho de tener hijos. Es por eso que, gracias a esta Sentencia se permite que también los hombres con hijos puedan beneficiarse del complemento de la pensión.

A raíz de la sentencia del TJUE, el Gobierno español se vio en la necesidad de reformar el complemento de maternidad. En febrero de 2021, se aprobó una nueva normativa que sustituyó el antiguo complemento de maternidad por un complemento para la reducción de la brecha de género en las pensiones, una medida que se aplica tanto a hombres como mujeres.

Este nuevo complemento ya no se restringía solo a las mujeres, sino que se amplió a cualquier progenitor (tanto hombres como mujeres) que hubiera visto afectada su trayectoria profesional y, por lo tanto, su pensión, a causa de la cura de los hijos. El nuevo planteamiento era más justo y equilibrado, permitiendo que ambos progenitores, sin importar el género, pudieran acceder al complemento si cumplían los requisitos establecidos.

Pero, actualmente, ¿qué sucede con todos aquellos hombres que se jubilaron entre los años 2016 y 2021 y no han visto mejorada su pensión de jubilación a pesar de haber tenido hijos?

Todos aquellos hombres jubilados entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021 que hayan tenido, como mínimo, dos hijos, tienen derecho a solicitar este complemento de paternidad, independientemente de la edad de los hijos.

Por eso, es necesario presentar la correspondiente solicitud ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

¿Y qué pasa con todos aquellos pensionistas desde el 3 de febrero de 2021 en lo sucesivo?

También es posible solicitar el complemento para la reducción de brecha de género, pero este, en vez de verse mejorada la pensión de jubilación en un porcentaje en función del número de hijos, se suma la cantidad de 33,20€ por cada hijo (con un máximo de 4 hijos).

¿Hasta cuando es posible solicitar este complemento?

Tanto el complemento de paternidad/maternidad como el complemento para la reducción de brecha de género, de acuerdo con la Sentencia del Tribunal Supremo de 21 de febrero de 2024, no está sujeto a plazo de prescripción. Es decir, se personas que tienen derecho a este complemento pueden reclamarlo en cualquier momento, independientemente del tiempo que haya pasado desde que se generó el derecho. Esto es así dado que el Tribunal Supremo consideró que es una prestación vinculada a la situación personal de los progenitor y, por lo tanto, su reclamación no tendría que quedar limitada a un plazo de prescripción.

En Tarinas te ayudamos a analizar tu caso, asesorarte y gestionar la reclamación del complemento de paternidad que te corresponde.

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