El blanqueo de dinero no declarado pretende dar apariencia de legalidad a los fondos procedentes de actividades ilícitas. La definición del concepto de blanqueo de capitales, está regulada en los 4 apartados que incluye el artículo 1.2 de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.
Blanqueo de dinero no declarado
Creemos conveniente hacer mención al contenido del citado artículo; para determinar qué actividades tienen la consideración de blanqueo de capitales, a efectos de la Ley 10/2010, y son las siguientes:
- “La conversión o la transferencia de bienes; a sabiendas de que dichos bienes proceden de una actividad delictiva o de la participación en una actividad delictiva; con el propósito de ocultar o encubrir el origen ilícito de los bienes o de ayudar a personas que estén implicadas a eludir las consecuencias jurídicas de sus actos.
- La ocultación o el encubrimiento de la naturaleza, el origen, la localización, la disposición, el movimiento o la propiedad real de bienes o derechos sobre bienes; a sabiendas de que dichos bienes proceden de una actividad delictiva o de la participación en una actividad delictiva.
- La adquisición, posesión o utilización de bienes, a sabiendas, en el momento de la recepción de los mismos, de que proceden de una actividad delictiva o de la participación en una actividad delictiva.
- La participación en alguna de las actividades mencionadas anteriormente.
- La asociación para cometer este tipo de actos
- Las tentativas de perpetrarlas y el hecho de ayudar, instigar o aconsejar a alguien para realizarlas o facilitar su ejecución.”
¿Qué se entiende por bienes procedentes de una actividad delictiva?
En este mismo artículo, se hace la apreciación de lo que debe ser entendido como bienes procedentes de una actividad delictiva; y se determina que tienen esa condición todo tipo de activos cuya adquisición tenga su origen en un delito. También se especifica, que tendrá la consideración de blanqueo aun cuando las actividades que hayan generado los bienes se hubieran desarrollado en el territorio de otro Estado.
Para conseguir el citado objetivo, el blanqueador tiene que realizar una serie de actuaciones para borrar los nexos de unión entre la actividad delictiva que genera los fondos y el destino de los mismos.
Fases diferenciadas en el Blanqueo de Dinero no declarado.
En la mayoría de las ocasiones se utilizan los canales del sistema financiero para blanquear el dinero no declarado. De acuerdo con el Grupo de Acción Financiera (GAFI) se pueden delimitar tres fases diferenciadas en el fenómeno del blanqueo de dinero no declarado, que son las que se especifican a continuación:
- La primera fase, constituida por la fase de introducción, inserción o colocación del efectivo en el sistema financiero con el fin de desvincularlas del delito del que procedan. En esta primera fase, se trata de introducir el dinero obtenido ilícitamente en el sistema financiero. Es la fase en que existe un mayor riesgo para el blanqueador; y cuando es más fácil el descubrimiento del blanqueo, debido a las exigencias de identificación y control de las operaciones por encima de un umbral económico determinado.
Alguna de las operaciones más usuales en esta primera fase son:
- Colocación del dinero mediante el ingreso en depósitos en las entidades financieras; en cantidades lo suficientemente pequeñas para no ser obligatoria ni la identificación de la procedencia del dinero, ni la identificación de la persona que intenta el depósito.
- La adquisición de títulos al portador como cheques bancarios; la compra de cheques de viajero en divisas, y pagarés anónimos; para acumular dinero al margen del control de las autoridades fiscales.
- El contrabando de dinero en efectivo; que sigue siendo la forma más simple y todavía la más utilizada en determinados momentos y circunstancias. Este método se ha visto favorecido por la desaparición de las fronteras europeas y las facilidades del transporte internacional.
- La utilización de casinos, casas de juego y la compra de premios de lotería. El defraudador, para conseguir el objetivo de lavar dinero, va a un casino y compra muchas fichas para jugar. No obstante, no las juega todas; y en lugar de ir a la caja a cambiar el dinero por efectivo, pide un cheque, que utilizará como justificación de obtención de un premio en el casino.
En esta primera fase de colocación, es frecuente también la entrada del dinero ilícito en establecimientos cuyo negocio genera una gran cantidad de efectivo diariamente; como pueden ser bares, restaurantes, supermercados y todo tipo de negocios con un gran circulante diario de efectivo; donde resulta muy fácil la introducción del dinero a blanquear considerándolo como un mayor importe en las ventas diarias.
Es en esta fase, donde las entidades e instituciones financieras extreman las mayores precauciones.
Operaciones que se llevan a cabo en la segundo fase del Blanqueo de Dinero.
- La segunda fase, constituida por la conversión, transformación o encubrimiento, de los caudales. En esta segunda fase, se realizan operaciones complejas con el objetivo de eliminar el rastro inicial del dinero introducido en la primera fase. Lo que se busca es convertir el dinero, u otros activos obtenidos ilegalmente a otra forma; pretendiendo la desconexión del dinero de su origen delictivo.
Las operaciones consisten en la compra de bienes (inmuebles o muebles de gran valor, como pueden ser las obras de arte), activos financieros o de otro tipo y las transferencias de fondos.
Etapa final en el ciclo de Blanqueo de Capitales.
- La tercera fase, corresponde a la etapa final del ciclo de blanqueo de capitales; con el que se pretende el afloramiento de los capitales ya limpios; es decir, la reintegración ya blanqueados los capitales, generalmente a través de compraventa de inmuebles, utilización de empresas pantalla o ficticias situadas por lo general en paraísos fiscales.
La fase de integración; es el regreso de los capitales al patrimonio de quien blanquea dinero con apariencia de legalidad, pudiendo así disponer de ellos. El capital movido se reintroduce en el circuito legal mediante transacciones que tienen la apariencia de legítimas; mediante la utilización de procedimientos complejos. Es el proceso final del ciclo del blanqueo de capitales; en el que se pretenden asentar los capitales integrados en la economía oficial. A partir de esta fase, ya no hay posibilidad de hacer una distinción entre dinero legal y dinero ilegal.
Alguno de los instrumentos más utilizados en el blanqueo de capitales, son los que se enumeran a continuación:
- Instrumentos financieros
- Interposición de sociedades y/o testaferros
- Instrumentos inmobiliarios
- Manipulación de precios
- Blanqueo de dinero mediante la compra de billetes de lotería
- Transacciones de fondos desde y hacia paraísos fiscales
- Constitución de sociedades residentes participadas por sociedades no residentes, generalmente ubicadas en paraísos fiscales
- Transacciones electrónicas.
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