El Banco de España califica las buenas prácticas bancarias como “aquellas que, sin venir impuestas por la normativa contractual o de supervisión ni constituir un uso financiero, son razonablemente exigibles para la gestión responsable, diligente y respetuosa con la clientela de los negocios financieros.”
En contraposición, las malas prácticas bancarias se definirían como aquellas actuaciones poco responsables, diligentes y respetuosas que realiza la entidad financiera con sus clientes.
Las malas prácticas bancarias, también denominadas “prácticas abusivas“ en el ámbito del derecho del consumo, son aquellas conductas que realizan las entidades bancarias con la intención de desatender el deber de trato equitativo y digno que éstas deben a sus clientes.
En el ámbito bancario, son muchas las comisiones que han sido declaradas nulas o abusivas por parte de nuestros Juzgados y Tribunales.
¿Qué son las comisiones bancarias?
El Banco de España define las comisiones bancarias como “las cantidades que los bancos te adeudan como contraprestación a los servicios que prestan (por ejemplo, enviar una transferencia, cambiar divisas, administrar una cuenta, estudiar la viabilidad de un préstamo, concederte una tarjeta de crédito, etc.).”
El artículo 3 de la Orden EHA/2899/2011, de 28 de Octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios regula impone que “solo podrán percibirse comisiones o repercutirse gastos por servicios solicitados en firme o aceptados expresamente por un cliente” y sobre todo “siempre que respondan a servicios efectivamente prestados o gastos habidos.”
Ya en el año 2009 un Informe de La Comisión Europea denunció la existencia de comisiones bancarias opacas en la apertura de cuentas corrientes, llegando a la conclusión de que prácticamente uno de cada tres consumidores (el 33%) no puede comparar entre las ofertas del mercado, debido a la escasa información sobre precios que publicaban las entidades.
Por otra parte, concluía el Informe que en dos de cada tres casos (el 66%), los expertos que realizaban el informe se vieron obligados a contactar con las entidades bancarias para aclarar ciertos aspectos sobre la comisión; siendo que, incluso en ese caso, los bancos facilitaban información incompleta y oral sobre éstas.
Se consideran Comisiones bancarias abusivas
Prueba de lo anterior son todas las comisiones que han venido siendo consideradas abusivas últimamente por parte de nuestra jurisprudencia, como son, entre otras, la comisión de apertura; la comisión de estudio; la comisión de subrogación; o la comisión de reclamación de posiciones deudoras.
La más reciente, la comisión a terceros por ingresos en efectivo en cuentas bancarias de clientes de la entidad. En este caso, la Audiencia Provincial de Álava ha confirmado una sentencia del Juzgado de lo Mercantil de Vitoria, que obligaba a la entidad bancaria a dejar de cobrar este tipo de comisiones.
La entidad condenada en esta sentencia es Bankinter, que se dedicaba a cobrar una comisión de dos euros a aquellas personas que, sin cuenta corriente en su banco, realizaban un ingreso en efectivo a alguna persona que sí era titular de una cuenta en la entidad.
Concluía la Audiencia Provincial de Álava en su sentencia que los clientes de Bankinter ya sufragaban de forma anual una comisión de mantenimiento, y que ésta debía incluir aquellos ingresos en efectivo que recibiesen los clientes por parte de terceros.
No obstante, esta no es la primera sentencia que encontramos que condene esta práctica bancaria. El pasado 27 de diciembre de 2016, la Asociación Vasca de Consumidores y Usuarios interpuso una demanda contra Kutxabank por las mismas razones. En este caso, el asunto llegó a la Sala Primera de lo Civil del Tribunal Supremo, considerando igualmente que estamos ante una comisión abusiva debido a que se trata de un servicio que ya había sido sufragado anteriormente por el cliente por la comisión de mantenimiento de la cuenta de depósito.
Por tanto, si bien es cierto que una entidad bancaria puede proceder al cobro de una comisión, no puede hacerlo de forma indiscriminada y sin justificar el trabajo realizado; ya que, en ese caso, estaríamos ante una comisión abusiva y poco transparente.
Si usted se ha visto afectado por este tipo de conducta, le invitamos a que se asesore con nuestro equipo del departamento jurídico de TARINAS LAW&ECONOMY antes de proceder al pago de cualquier tipo de comisión, firmar cualquier producto bancario que usted no desee contratar o del que no disponga de toda la información suficiente.
Hay que recordar que estas prácticas bancarias no solo son manifiestas en la situación actual, sino que ya se vienen llevando a cabo hace años; y en otras ocasiones, como por ejemplo frente a la contratación de préstamos con garantía hipotecaria. Donde también obligan en muchos casos al cliente a contratar seguros de vida que no son obligatorios.
Por ello, le recomendamos que ponga su asesoramiento en nuestras manos, como expertos en la materia.
Estas prácticas no son ni mucho menos novedosas en el sector bancario, sino que ya se vienen conociendo socialmente; pero el hecho de que estén sucediendo en la actualidad cuando toda la población debe hacer frente a las terribles circunstancias económicas ha dejado la pandemia de la COVID-19, hace aún más notoria la ilegalidad de estas y la necesidad de su advertencia.
Transparencia de las entidades bancarias
No hay que olvidar la importancia de que la entidad financiera informe siempre de manera clara y transparente de los motivos por los que establece el pago de una comisión; y que justifique haber realizado un trabajo efectivo que merezca el cobro de ésta.
Tampoco debemos olvidar la importancia de recopilar pruebas que acrediten estas malas prácticas, y buscar la protección de sus intereses en un experto en la materia; como bien ha recordado una vez más el Consejo de Consumidores y Usuarios.
Es por ello por lo que desde TARINAS LAW&ECONOMY queremos ofrecer a todos aquellos afectados por el cobro de comisiones indebidas y/o que hayan sufrido cualquier tipo de abuso bancario, la información necesaria frente a estas prácticas abusivas de las entidades financieras.
Si usted o algún conocido han presenciado alguna de estas situaciones, puede ponerse en contacto con TARINAS LAW&ECONOMY para poder asesorarse sobre todos los aspectos relacionados con las malas prácticas de las entidades bancarias.
Déjanos tu mensaje y nos pondremos en contacto contigo lo antes posible
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