El transporte público por carretera se caracteriza por ser un sector en el que una buena parte de los titulares de microempresas de transporte son de elevada edad, y en los que normalmente, simultanean la dirección de estas microempresas junto con la conducción del vehículo con el que prestan sus servicios.

Ayudas a transportistas autónomos por carretera

Ayudas a transportistas autónomos que abandonen la actividad en 2022

Por este motivo, y teniendo en cuenta que estas personas normalmente no disponen de los recursos necesarios para poder abandonar dicha actividad, se publica la Orden delegada de la Secretaría General de Transportes y Movilidad por la que se convocan en 2022 ayudas a transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad.

La edad mínima para solicitar estas ayudas es de 63 años. Sin embargo, en caso de que los solicitantes, en el momento de la presentación de la solicitud, dispongan de una resolución que determine la aprobación de la pensión por incapacidad permanente absoluta, total o gran invalidez para el desempeño de la profesión habitual de transportista, no se les exigirá esta edad mínima.

En caso de que el beneficiario tenga una edad inferior a 65 años, siempre y cuando no sea por tener declarada una incapacidad permanente en grado total, absoluta o gran invalidez para el desempeño de la profesión habitual de transportista, se otorgarán 5.300 euros más por cada seis meses completos que le falten para cumplir esta edad. El cómputo de estos semestres se hará a partir del 1 de junio del ejercicio en que se otorga la ayuda.

Requisitos para poder ser beneficiario de la ayuda

Para poder ser beneficiario de la ayuda, se requiere que se cumplan los siguientes requisitos:

  • Ser titular en el momento de la solicitud de una autorización vigente de transporte público de mercancías o de viajeros en autobús con un máximo de tres copias, o bien simultáneamente de ambas autorizaciones con un máximo total de tres copias.
    • En caso de no disponer de al menos una copia en vigor, no se considerará vigente la autorización.
  • Haber sido titular de manera ininterrumpida durante los diez últimos años de una de las autorizaciones mencionadas en el apartado anterior, que no podrá haber estado suspendida en ningún momento, contando con al menos una copia en vigor.
    • Únicamente se permitirá una única interrupción en la titularidad o vigencia de la autorización por un plazo no superior a tres meses.
    • Se considerará que han estado vigentes las autorizaciones caducadas por falta de visado.
  • Estar dados de alta en el régimen de trabajadores autónomos de la Seguridad Social los últimos diez años de forma ininterrumpida.
    • Únicamente se permitirá una sola interrupción por un plazo que no supere tres meses.
    • En caso de incapacidad permanente absoluta o total para el desempeño de la profesión habitual de transportista, el plazo de diez años computará desde que le hubiese sido reconocida la incapacidad.
  • Comprometerse a abandonar la actividad de transporte público en nombre propio. Se deberá renunciar a todas las autorizaciones de transporte público y de actividades auxiliares y complementarias del transporte de que fuera titular.
    • En caso de reiniciar la actividad, se verá obligado a devolver las ayudas obtenidas y los correspondientes intereses.
  • No haber desaprovechado otras ayudas por el abandono de la actividad que le hubieran sido otorgadas por el Ministerio de Fomento en los tres años anteriores, por haber renunciado a ellas o no haber aportado la documentación necesaria.

El plazo para solicitar la ayuda finaliza el 13 de junio de 2022.

La cuantía para cada beneficiario serán las siguientes:

  • En caso de que el beneficiario tenga una edad inferior a 65 años, 5.300 euros por cada seis meses completos que le falten para cumplir dicha edad.
  • Por la autorización o autorizaciones de transporte público de que fuera titular, 30.000 euros.

Se dará preferencia a quienes se les haya declarado incapacidad permanente absoluta o total para el desempeño de la profesión habitual de transportista. Y posteriormente, se elaborará una relación por orden descendente de edad.

En caso de un transportista autónomo por carretera que desea retirarse, no dudes en ponerte en contacto con el departamento legal de Tarinas Law & Economy a través del teléfono de contacto 931.155.111 o correo electrónico rgv@tarinas.com o del formulario de contacto de la presente página web. ¡Contacta con nosotros!

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