Deducción por gastos de custodia en guardería

Con efectos desde 1 de enero de 2018, se incrementa en 1.000 euros adicionales la deducción por maternidad (o paternidad), cuando el contribuyente que tenga derecho a ésta satisfaga gastos de custodia en guardería o centros de educación infantil autorizados por hijo menor de tres años; independientemente de que quien realice el pago efectivo de dichos gastos sea el cónyuge del que tiene el derecho a la deducción.
se amplía la deducción por maternidad

¿Qué pasa cuando el hijo menor cumpla 3 años?

En el ejercicio en que el hijo cumpla los tres años, los 1.000 euros adicionales seguirán siendo de aplicación; incluso con posterioridad al cumplimiento de dicha edad, y hasta el mes anterior en que comience el segundo ciclo de educación infantil. El importe adicional al que se tenga derecho, se calculará proporcionalmente al número de meses en que se cumplan de forma simultánea los requisitos exigidos. Siguiendo el mismo procedimiento que se utiliza para el cálculo de la propia deducción por maternidad.

¿Qué son gastos de custodia?

  • Cantidades efectivamente satisfechas a guarderías y centros de educación infantil autorizados.
  • Abonadas en concepto de preinscripción y matricula, asistencia y alimentación siempre que se hayan producido por meses completos.
  • El pago efectivo no provenga de rendimientos del trabajo en especie exentos, en concepto de prestación del servicio de educación preescolar a los hijos de empleados (cheque guardería).

¿Cuáles son los límites de la deducción?

El incremento de la deducción en concepto de gastos de guardería tendrá como límite para cada hijo el menor de: las cotizaciones y cuotas totales (sumatorio de cuota obrera más patronal) satisfechas a la Seguridad Social (o Mutualidades), devengadas en cada periodo impositivo posterior al nacimiento o adopción; o el importe total del gasto efectivo no subvencionado satisfecho en dicho periodo a la guardería.

A diferencia de la deducción por maternidad en sí, no se podrá solicitar de forma anticipada el abono del importe de la deducción; y el beneficiario deberá esperar a la campaña de la renta 2018.

¿Qué documentación debo presentar para la deducción?

Para controlar la cuantía de la deducción, las guarderías o centros de educación infantil autorizados; deberán presentar la declaración informativa del Modelo 233 durante el mes de enero sobre la información del año anterior. En ella, deberán identificar tanto al menor, como a sus progenitores/tutores, informar sobre los meses completos en que el menor ha estado inscrito, los gastos anuales satisfechos a la guardería (independientemente de quién los pague) y los importes subvencionados sobre estos gastos.

Dicha obligación informativa, restringe considerablemente el círculo vicioso que suponían hasta ahora los pagos con dinero no declarado en este sector, por lo que las guarderías, quedarán sujetas a un grado de información completo sobre sus ingresos, aunque exonera a los padres de guardar documentación sobre los pagos satisfechos; por lo que la carga de la prueba del gasto, formalmente recae sobre las primeras.

En todo caso, lo conveniente es conservar los comprobantes de los gastos de guardería satisfechos; para el caso que la guardería no hubiera informado correctamente a Hacienda.

Ejemplo práctico: deducción por gastos de custodia

Imaginemos una trabajadora dada de alta en el régimen general de la Seguridad Social durante todo el 2018; que en enero tiene un hijo y que el total de cotizaciones satisfechas a la seguridad social asciende a 1200 euros, y los gastos de guardería pagados han sido de 665 euros.

¿Cuál será el importe de la deducción?

  • Número de meses completos que cumple los requisitos: 7 meses (meses totales en que el menor está inscrito al servicio de guardería)
  • Importe de la deducción: 1000 euros por año. Al satisfacer 7 meses, el importe al que opta será de 700 euros.
  • Límites de la deducción. La menor de las dos cantidades:
    • Cotizaciones satisfechas con posterioridad al nacimiento: 1200 euros.
    • Gastos en guardería: 665 euros.
  • Importe final de la deducción: 665 euros.

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