Estos días, la eutanasia, está de plena actualidad. Esto es debido a una proposición de ley del Parlament de Cataluña para despenalizarla. Esto abre la posibilidad de debatir sobre esta práctica, legal en algunos países de la Unión Europea, como son: Holanda, Bélgica o Luxemburgo, en el Congreso de los Diputados. De todas formas, la propuesta se enfrenta a un largo trayecto parlamentario, lleno de incertidumbres y dificultades; que será cualquier cosa, menos rápido.
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Con esta nueva redacción, se modificaría el texto actual del Código Penal, en el que se recoge lo siguiente: quien induzca a otra persona a suicidarse,  será castigado con una pena que oscila entre los cuatro y ocho años de prisión. Si la persona coopera en esta actividad, será castigada con una pena de hasta diez años de cárcel, siempre que se ejecute la muerte.

¿Qué contempla la proposición de ley para despenalizar la eutanasia?

La propuesta contempla que, estará exento de responsabilidad penal, quien por petición expresa, libre e inequívoca de una persona que padece una enfermedad grave, que conduciría necesariamente a su muerte o de patología incurable, que provoca sufrimiento físico y/o psíquico grave, y que se pueda prever que será permanente; causase o cooperase con actos necesarios para ocasionar la muerte segura, pacífica y sin dolor, de esta persona, en el marco legal establecido.

A la espera de lo que sucederá con la eutanasia, y si finalmente existirá una ley que la regule, cada vez tomará más fuerza como DECLARACIÓN DE VOLUNTADES ANTICIPADAS, que recordemos, es un documento plenamente vigente; en el cual se puede explicar, por adelantado, qué tratamiento médico se quiere recibir cuando las circunstancias personales no permitan expresarlo.

Se debe tener en cuenta que la regulación de la Declaración de Voluntad Anticipada, no concede plena libertad al otorgante, sino que está limitada: no puede ir contra el ordenamiento jurídico, a pesar de que en el momento de la confección de la declaración, algunas prácticas no estén disponibles ni legalmente aceptadas, pueden ocurrir en un futuro. Por lo que no habría ningún problema a la hora de plantear deseos, es decir, que se podría incluir la voluntad de que se pueda solicitar la eutanasia (pendiente de su legislación) y, por lo tanto, incluirla en la Declaración de Voluntad Anticipada desde hoy mismo.

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